Los empleados bancarios celebran su día y sólo se podrá operar por cajero automático. Afecta a entidades públicas y privadas por igual.
Los bancos y gremios del sector recordaron que hoy se conmemora el día del empleado de bancos en recuerdo de la fundación del gremio Asociación Bancaria (AB), en 1924.
La inactividad bancaria dejará a los usuarios sólo con la posibilidad de realizar transacciones en cajeros automáticos o por internet, aunque se acreditarán como válidas desde el día siguiente. Las entidades financieras y bursátiles también estarán cerradas.
La celebración de hoy nos remonta al 6 de noviembre de 1924 cuando se fundó la Asociación Bancaria.
Los antecedentes datan de abril de 1919 cuando los trabajadores del Banco de la Provincia de Buenos realizaron la primera huelga bancaria de la historia argentina. El reclamo era por un régimen jubilatorio que habilitara el retiro con treinta años de servicio, estabilidad en el empleo y un escalafón especial.
La huelga se produjo durante la presidencia de Hipólito Yrigoyen, el primer gobierno democrático que tuvo la Argentina, momento en el cual las huelgas aumentaron geométricamente y el sindicalismo se extendió a sectores y regiones que no se habían podido organizar antes.
El reclamo bancario tendría éxito parcial pocos años después, cuando en 1923 se sancionó la Ley 11232 estableciendo un régimen jubilatorio para los trabajadores del sector, disponiendo la creación de la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Casas Bancarias, con representación de los trabajadores en la dirección del organismo.
El 6 de noviembre de 1924 se fundó la Asociación Bancaria, con una membresía inicial de 1.500 afiliados; la personería jurídica la obtendría el 9 de abril de 1932. Instaló su primera sede en la calle Bartolomé Mitre 382 de la Capital Federal y desde un inicio dio gran importancia a la organización de servicios de salud y asistencia mediante sistemas mutuales.
En 1929, durante el segundo gobierno de Yrigoyen, logró que por ley 11575 se fijara el derecho a la jubilación ordinaria con 30 años de servicios y 50 años de edad y formó parte de las luchas sindicales por la limitación de la jornada de trabajo que causaron la sanción de la ley 11544.